Audiencias de Inmigración y Arrestos de ICE: Lo Que Debes Saber

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Desde mayo de 2025, los oficiales del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de EE. UU. (ICE, por sus siglas en inglés) han comenzado a arrestar a personas fuera de muchos tribunales de inmigración. Si usted o alguien a quien apoya tiene una audiencia programada, lea atentamente este folleto y compártalo ampliamente.

¿Para Quién es este folleto?

  • Personas que tienen un juicio de inmigración con fecha cercana.
    fecha
  • Familiares o amigos que apoyan a alguien en
    tribunal de inmigración

¿Qué está pasando fuera de los tribunales de inmigración?

  • Desde el 21 de mayo de 2025, los oficiales de ICE han estado estacionados fuera de las salas de los tribunales de inmigración y pueden arrestar a las personas después de que termine su audiencia
 
  • En algunos casos, el gobierno pide que se desestime (cierre) un caso. Una vez que termina la audiencia, ICE arresta a la persona cuando sale del edificio, la registra bajo la custodia de ICE e inicia la expulsión aceleradaun proceso de deportación más rápido que no incluye otra comparecencia ante un juez.

¿Quién puede enfrentar la deportación acelerada?

  • Personas que ingresaron a los Estados Unidos sin inspección (sin documentos legales o autorización) Y no pueden demostrar que han estado físicamente presentes en los Estados Unidos continuamente durante dos años.
 
  • Personas cuyo estatus de libertad condicional ha sido terminado o cancelado, incluidos los participantes del programa CBP One y otras personas con libertad condicional humanitaria, incluso si han estado en los Estados Unidos durante más de dos años.

¿Quién está exento de la deportación acelerada?

  • Cualquier persona que haya sido inspeccionada y admitida en los Estados Unidos, incluso si su visa o estadía autorizada ha expirado*
  • Las personas que pueden demostrar dos o más años de Residencia continua en los EE. UU.
  • Menores de 18 años no acompañados
  • Ciudadanos cubanos que llegaron en avión.

 

* Importante: Las personas con libertad condicional en los Estados Unidos nunca fueron admitidas formalmente; si su libertad condicional expira o es revocada, pueden ser colocadas en deportación acelerada.

Documentos que demuestran dos años de residencia

Lleve consigo fotocopias (no originales) de cualquier registro que demuestre que ha vivido en los Estados Unidos continuamente durante al menos dos años, tales como:

 
  • Contratos de alquiler o arrendamiento
  • Facturas de servicios públicos o extractos bancarios de dos años de antigüedad
  • Historial médico, escolar o laboral con fechas
  • Correo con matasellos de hace más de dos años

 

* Consejo: Lo más seguro es que guardes estos documentos en una carpeta segura que lleves al juzgado

Usted puede ser elegible para una entrevista de "Miedo Creíble"

Si tiene miedo de regresar a su país de origen porque teme ser perseguido o torturado, dígale al oficial de ICE:

 
  • “Tengo miedo de volver a mi país de origen".
  • "Me gustaría una entrevista que proteja el miedo".
  • "Temo ser perseguido o torturado"

 

* El uso de estas frases exactas puede hacer una pausa en la deportación acelerada y darle la oportunidad de explicar su miedo a un oficial de asilo

Antes de firmar cualquier cosa o papel

Si un oficial presenta documentos titulados Salida Voluntaria, Deportación Estipulada o Exención, pida hablar primero con un abogado. Firmar podría llevar a su expulsión inmediata de los Estados Unidos.

Preguntas que debe hacer durante su audiencia si su caso va a ser desestimado

 
  1. "¿Por qué el gobierno pide que se desestime mi caso?"
  2. "¿Cuáles son las circunstancias que han cambiado en este caso?"
  3. "¿Cuáles son las consecuencias para mí si el caso es desestimado?"

 

Solicitudes Importantes Que Debe Hacer Cuando Su Caso En La Corte De Inmigración Está Siendo Desestimado

 
  1. Solicitar que el DHS presente la moción por escrito.
  2. Solicite la oportunidad de responder a la moción por escrito.
  3. "Solicite los 10 días completos para responder y encontrar un abogado que le ayude.

 

Si Su Caso en la Corte de Inmigración es Desestimado y Usted es Arrestado por Oficiales de ICE

Conozca sus derechos básicos:
 
  • Derecho a guardar silencio: no tiene que responder a las preguntas sin un abogado.
  • Derecho a hablar con un abogado en caso de detención
  • Derecho a ponerse en contacto con su consulado
  • Derecho a negarse a un registro domiciliario a menos que los agentes presenten una orden firmada por un juez.

 

Posibles resultados de la expulsión acelerada

  • Deportación en tan sólo un día
  • No hay derecho a apelar la decisión
  • Una prohibición de cinco años para regresar a los Estados Unidos
  • Desafíos a largo plazo para obtener visas futuras o reunirse con familiares en los EE. UU

 

Recursos útiles

  • Ayuda legal de emergencia en materia de inmigración (American Bar Association): Marca 2150# o llame al (202) 442-3363
  • Línea automatizada de citas judiciales: 1-800-898-7180
  • Línea directa de apoyo a las familias: 1-855-435-7693
  • Localización de personas detenidas: ice.gov/odls

 

Consejo: Consejo: Si lo arrestan, llame a su abogado y a su consulado para que puedan coordinar el apoyo legal y práctico en su nombre.

Lista de verificación de acciones

  1. Guarda los números de teléfono anteriores en tus contactos
  2. Consulte a un abogado de inmigración antes de su próxima audiencia.
  3. Reunir documentos que demuestren dos o más años de residencia en EE.UU. (si procede)
  4. Comparta esta información con amigos, familiares y miembros de la comunidad que puedan verse afectados.

 

Preparar a los seres queridos

  • Hable de antemano con los miembros de la familia sobre los posibles resultados.
  • Organice el cuidado de los niños y comparta los contactos de emergencia.
  • Guarde los documentos importantes (pasaportes, certificados de nacimiento) donde una persona de confianza pueda encontrarlos en caso necesario.
  • Mantén algo de dinero disponible para gastos imprevistos.

 

Desafíos legales actuales

Varias demandas, incluyendo Make the Road New York v. Noem y CHIRLA v. Noem, están desafiando la legalidad de estos arrestos en los tribunales. Los resultados aún están pendientes

 

Este folleto proporciona información general y no sustituye el asesoramiento legal. Para obtener orientación sobre su situación específica, hable con un abogado de inmigración calificado. Póngase en contacto con la oficina legal de Thomas V. Sassone, P.C. [www.tvslawpc.com. en 845-639-4664.

 

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